Saltar al contenidoEl registro horario digital sigue sin aprobarse. Te avisamos gratis el día que salga. Avísame
Ficha Digital

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¿Cumple tu empresa con el registro de jornada?

Doce preguntas de sí o no. Las siete primeras son obligatorias hoy; las cinco últimas, lo que añadiría el Real Decreto. Al final te decimos qué te falta y dónde está explicado.
Lo que exige la ley hoy

Obligatorio desde 2019.

  1. ¿Registras cada día la hora de entrada y de salida de cada persona?
  2. ¿Incluye a toda la plantilla: tiempo parcial, temporales y teletrabajo?
  3. ¿Guardas los registros durante cuatro años?
  4. ¿Pueden consultarlos la plantilla, su representación y la Inspección?
  5. Si hay representación de la plantilla, ¿la consultaste al elegir cómo se ficha?
  6. ¿Registras las horas extra y entregas el resumen con la nómina?
  7. Si hay contratos a tiempo parcial, ¿entregas el resumen mensual de horas?
Lo que añadiría el Real Decreto

Todavía no es obligatorio; prepárate.

  1. ¿Cada persona ficha por sí misma, sin que nadie lo haga en su nombre?
  2. ¿Se registran el inicio y el fin de cada pausa?
  3. ¿Distingue qué parte de la jornada es presencial y cuál a distancia?
  4. ¿El registro es digital y deja constancia de quién cambia cada dato?
  5. ¿Calcula automáticamente los totales diarios y mensuales?

Ley vigente

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Con el Real Decreto

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Orientativo: no sustituye a una revisión de un profesional laboralista. No guardamos tus respuestas.

Cómo leer el resultado

Lo marcado en rojo es un incumplimiento de la ley vigente (art. 34.9 del Estatuto y normas que lo completan), sancionable hoy como infracción grave. Lo marcado en naranja es lo que tendrías que cambiar cuando se apruebe el Real Decreto de registro horario digital, que todavía no está en vigor.

Aviso gratuito

Te avisamos el día que se apruebe

El Real Decreto de registro horario digital sigue pendiente. Déjanos tu correo y te escribimos en cuanto pase por el Consejo de Ministros o salga en el BOE, con lo que cambia y los plazos para tu empresa.

Usaremos tu correo solo para este aviso. Te pediremos que lo confirmes y podrás darte de baja en cualquier correo. Más información en la política de privacidad.

Y después

Si te falta algo de lo obligatorio, empieza por ahí: es lo que mira la Inspección. Si lo cumples todo hoy pero no lo del Real Decreto, tienes tiempo, pero no conviene dejarlo para el último mes. La lista completa, con la norma de cada punto, está en requisitos del registro horario.

Preguntas frecuentes

¿Qué tiene que cumplir una empresa con el registro de jornada?

Registrar cada día la hora de inicio y fin de la jornada de cada persona, organizarlo con la representación de la plantilla, conservarlo cuatro años y tenerlo disponible para la plantilla, sus representantes y la Inspección de Trabajo.

¿Este test sirve para una inspección?

Es una autoevaluación orientativa. No sustituye a la revisión de un profesional laboralista ni a la documentación que te pida la Inspección.

¿Guardáis mis respuestas?

No. El test funciona en tu navegador y no envía nada.

Esta página es informativa y no sustituye al asesoramiento de un profesional laboralista.

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