No, todavía no. A noviembre de 2026 el Real Decreto que haría obligatorio el registro horario digital no se ha aprobado ni publicado en el BOE, y no tiene fecha. Lo que sí está en vigor, desde mayo de 2019, es la obligación de registrar la jornada de cada persona cada día, en papel, hoja de cálculo o aplicación.
Qué cambia en la práctica
| Hoy | Con el fichaje digital |
|---|---|
| Hoja de firmas en papel | Fichaje digital personal desde el móvil, un ordenador o una tableta en el centro. |
| Excel que rellena la oficina | Cada persona ficha por sí misma; los totales los calcula el sistema. |
| Correcciones con tachones | Cada corrección queda registrada con quién la pidió, quién la autorizó y el dato original. |
| Solo entrada y salida | También pausas, presencial o a distancia y tipo de horas. |
| Buscar papeles si viene la Inspección | Exportar cualquier periodo en minutos. |
Aviso gratuito
Te avisamos el día que se apruebe
El Real Decreto de registro horario digital sigue pendiente. Déjanos tu correo y te escribimos en cuanto pase por el Consejo de Ministros o salga en el BOE, con lo que cambia y los plazos para tu empresa.
Plan en cuatro pasos
- Cumple lo de hoy: registro diario de todos, conservado cuatro años.
- Revisa tu convenio: pausas, guardias y qué cuenta como trabajo.
- Consulta a la representación de la plantilla y elige un sistema que ya recoja los datos del proyecto.
- Pruébalo un mes en paralelo con lo que usas ahora y después deja el papel.
Para cuándo
No hay fecha todavía: la explicamos en cuándo entra en vigor el nuevo registro horario. Lo que tarda una pyme en implantarlo es poco (días, no meses), así que el riesgo real es dejarlo para el último momento.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se tarda en implantar el fichaje digital en una pyme?
Con una aplicación web, días: crear la empresa, invitar a la plantilla y probarlo. Lo que más tiempo lleva suele ser la consulta a la representación y acordar cómo se registran las pausas.
¿Necesito comprar un terminal de fichaje?
No. El proyecto exige un registro digital, no un aparato concreto. Puede ser un móvil, un ordenador o una tableta compartida en el centro de trabajo.
¿Qué hago con los registros en papel que ya tengo?
Conservarlos cuatro años desde su fecha. No hace falta pasarlos al nuevo sistema.
Esta página es informativa y no sustituye al asesoramiento de un profesional laboralista.