Saltar al contenidoEl registro horario digital sigue sin aprobarse. Te avisamos gratis el día que salga. Avísame
Ficha Digital

Plazos · Revisado en noviembre de 2026

¿Cuándo entra en vigor el nuevo registro horario digital?

Por qué todavía no hay fecha, cómo se calcularía el día que se publique y qué margen tendría una pyme para adaptarse.

No, todavía no. A noviembre de 2026 el Real Decreto que haría obligatorio el registro horario digital no se ha aprobado ni publicado en el BOE, y no tiene fecha. Lo que sí está en vigor, desde mayo de 2019, es la obligación de registrar la jornada de cada persona cada día, en papel, hoja de cálculo o aplicación.

La fecha, hoy

No hay fecha oficial. Ningún plazo empieza a contar hasta que el Real Decreto se publique en el BOE. Las fechas que circulan («enero de 2026», «en 2027») son estimaciones, y varias ya han caducado.

Lo que sí está en vigor desde mayo de 2019 es el registro diario de la jornada del artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores. Esa obligación no tiene periodo de adaptación: ya se exige y se sanciona.

Aviso gratuito

Te avisamos el día que se apruebe

El Real Decreto de registro horario digital sigue pendiente. Déjanos tu correo y te escribimos en cuanto pase por el Consejo de Ministros o salga en el BOE, con lo que cambia y los plazos para tu empresa.

Usaremos tu correo solo para este aviso. Te pediremos que lo confirmes y podrás darte de baja en cualquier correo. Más información en la política de privacidad.

Cómo se calcularía la fecha cuando se publique

El borrador sometido a audiencia pública en 2025 preveía dos plazos, y los cambios posteriores apuntan a un tercero:

  • Entrada en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE.
  • Seis meses para adaptar los sistemas a los requisitos técnicos.
  • Un periodo más largo para pymes: Economía pidió un año para pymes y autónomos con plantilla, y Trabajo aceptó llevar los plazos prácticos a una orden ministerial aparte.

El Consejo de Estado calificó los 20 días de «manifiestamente insuficientes», así que lo más probable es que el texto final dé más tiempo. Como ejemplo, si se publicara el 25 de noviembre de 2026 con los plazos del borrador y el año para pymes:

PasoFecha en el ejemplo
Publicación en el BOE (supuesto)25 de noviembre de 2026
Entrada en vigor: 20 días después, según el borrador de 2025Hacia el 15 de diciembre de 2026
Requisitos técnicos: seis meses más, según el borradorHacia mediados de junio de 2027
Pymes, si se adopta el año de transición que propuso EconomíaHacia mediados de diciembre de 2027

Es un supuesto para entender el cálculo, no una previsión: la fecha real depende del texto que se publique.

Qué cambia con las elecciones del 29 de noviembre

Un Real Decreto lo aprueba el Gobierno, no el Congreso, así que la disolución de las Cortes no lo bloquea. Lo que cuenta es si llega antes del día de las elecciones:

EscenarioQué significaría
Se aprueba antes del 29NSe publica en el BOE y empiezan a correr los plazos, con una orden ministerial que fije los requisitos técnicos y el calendario de adaptación.
No se aprueba antesEl Gobierno queda en funciones y debe limitarse al despacho ordinario de los asuntos (art. 21 de la Ley 50/1997). El texto pasa al próximo Gobierno.
El próximo Gobierno lo revisaPuede aprobarlo tal cual, cambiarlo o abandonarlo. El registro diario de 2019 seguiría siendo obligatorio en cualquier caso.

¿Tendrán las pymes más tiempo?

Es lo más probable, pero no es oficial. Además del año que propuso Economía, se ha hablado de un calendario escalonado por tamaño de empresa. El Consejo de Estado criticó precisamente que el proyecto no analizara bien el coste para las pymes.

Lo que no cambia es el punto de partida: si una pyme llega al Real Decreto sin registro diario, no tendrá plazo de adaptación para eso, porque ya es obligatorio. Lo explicamos en control horario para pymes.

Preguntas frecuentes

¿El registro horario digital entra en vigor en 2027?

Puede, pero no es seguro. Si el Real Decreto se aprueba a finales de 2026, los requisitos técnicos y los plazos de las pymes caerían en 2027. Si no se aprueba antes de las elecciones, dependerá del próximo Gobierno.

¿Cuántos días pasan desde que se publica hasta que es obligatorio?

El borrador de 2025 decía 20 días para la entrada en vigor y seis meses más para adaptar los sistemas. El Consejo de Estado consideró insuficientes los 20 días, y los plazos prácticos irán en una orden ministerial, así que el texto final probablemente dará más tiempo.

¿Desde cuándo será obligatorio el fichaje digital para las pymes?

No hay fecha. Economía propuso un año de transición para pymes y autónomos con plantilla, contado desde la entrada en vigor, pero no está aprobado.

¿Tendré que cambiar los registros que ya tengo?

No. Los registros anteriores se conservan cuatro años tal como se hicieron. El nuevo formato se aplicaría a partir de su entrada en vigor.

¿Qué pasa si no se aprueba antes del 29 de noviembre?

El Gobierno queda en funciones y debe limitarse al despacho ordinario de los asuntos públicos (artículo 21 de la Ley 50/1997). El texto pasaría al próximo Gobierno, que puede aprobarlo, cambiarlo o abandonarlo.

Esta página es informativa y no sustituye al asesoramiento de un profesional laboralista.

Empieza a fichar hoy. Tarda cinco minutos.

Crea tu empresa, invita a tu equipo por correo y listo. Gratis hasta 3 personas.

Crear mi cuenta gratis