Sí, en hostelería hay que fichar cada día, entrada y salida de cada persona. Lo exige el art. 34.9 del Estatuto desde 2019, sin excepción por sector ni tamaño. Y el acuerdo estatal del sector, el ALEH, trata como falta disciplinaria el mal uso del sistema de registro.
Turnos partidos, noches y cierres tarde
El registro tiene que mostrar la jornada real. En un turno partido eso significa dos entradas y dos salidas, o una pausa larga registrada como tal; no basta con anotar «de 12 a 24». Si el cierre se alarga, la salida es la hora real, no la del cuadrante.
Tres límites del Estatuto que el registro deja en evidencia: 12 horas de descanso entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente, 9 horas de trabajo ordinario al día salvo que el convenio distribuya la jornada de otra forma (art. 34.3), y el trabajo nocturno, entre las 22 y las 6, que no puede pasar de 8 horas diarias de media (art. 36.1).
Qué dice el acuerdo estatal de hostelería (ALEH)
El VI Acuerdo Laboral de ámbito Estatal de Hostelería, en su última modificación publicada en el BOE el 4 de septiembre de 2026 (BOE-A-2026-18630), no regula cómo se ficha, pero sí sanciona el mal uso del sistema de registro según cuántas veces ocurra:
- Dos incumplimientos o mala praxis: falta leve (art. 38.10).
- De tres a cuatro: falta grave (art. 39.21).
- Cinco o más: falta muy grave (art. 40.14).
Para la empresa esto tiene dos lecturas. Puede exigir que se fiche bien, con respaldo del convenio. Y necesita un sistema que deje constancia de los fichajes que faltan o se corrigen, porque sin eso no hay forma de contar los incumplimientos.
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El Real Decreto de registro horario digital sigue pendiente. Déjanos tu correo y te escribimos en cuanto pase por el Consejo de Ministros o salga en el BOE, con lo que cambia y los plazos para tu empresa.
Qué mirar en tu convenio
El ALEH regula materias concretas para todo el país; la jornada, los descansos y los turnos los fija sobre todo el convenio provincial de hostelería. Antes de configurar el registro, revisa:
Qué mirar en tu convenio
- La jornada anual y si permite distribuirla de forma irregular a lo largo del año (cambia cómo se cuentan las horas extra).
- Cuántas horas puede durar la pausa de un turno partido y si hay un máximo de interrupciones.
- Cómo se compensan los festivos trabajados y si el descanso semanal puede acumularse.
- El llamamiento de los fijos discontinuos y desde cuándo cuenta la jornada.
- Si regula un sistema concreto de registro o remite a un acuerdo de empresa.
Los convenios se publican en el BOE (estatales) o en el boletín de tu provincia o comunidad. El código del tuyo suele aparecer en las nóminas.
Temporada, extras y fijos discontinuos
El personal de refuerzo, los extras de un evento y los fijos discontinuos fichan igual que el resto desde el primer día. Si llegan a través de una ETT, el registro lo lleva el hotel o el restaurante, porque es quien dirige el trabajo, según la guía del Ministerio de Trabajo. Para equipos que rotan mucho funciona mejor un punto de fichaje común con PIN personal que pedir a cada persona que se instale algo; lo explicamos en control horario para hostelería.
Qué cambiaría con el Real Decreto
El proyecto de Real Decreto exigiría que el registro sea digital y que recoja también pausas, modalidad presencial o a distancia y tipo de horas. La hostelería fue uno de los sectores que pidió adaptaciones durante la tramitación, y el Consejo de Estado criticó que el texto no las previera. Por eso es posible que el texto final cambie algo para el sector. Lo seguimos en la última hora de la reforma.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio fichar en hostelería?
Sí. El artículo 34.9 del Estatuto obliga a todas las empresas a registrar cada día la hora de entrada y de salida de cada persona, también en bares, restaurantes y hoteles, tengan el tamaño que tengan.
¿Cómo se ficha un turno partido?
Con dos entradas y dos salidas, o con la pausa registrada. El registro tiene que permitir saber cuántas horas se trabajaron de verdad ese día.
¿Me pueden sancionar por no fichar en hostelería?
La multa de la Inspección es para la empresa. Pero el acuerdo estatal de hostelería (ALEH) considera falta leve dos incumplimientos en el uso del sistema de registro, grave de tres a cuatro y muy grave cinco o más, así que la empresa puede aplicar su régimen disciplinario.
¿Los extras de un evento también fichan?
Sí, desde el primer día. Si vienen de una ETT, el registro lo lleva la empresa donde trabajan, no la ETT.
¿El cuadrante de turnos sirve como registro?
No. El cuadrante dice lo previsto; el registro tiene que reflejar la hora real de entrada y salida de cada día.
Esta página es informativa y no sustituye al asesoramiento de un profesional laboralista.