¿Es legal fichar con huella dactilar o reconocimiento facial?
Es muy arriesgado. Para la Agencia Española de Protección de Datos, la huella y la cara son datos biométricos de categoría especial y, con carácter general, no ve base legal para usarlos solo para controlar la presencia.
La AEPD publicó en 2023 una guía sobre el control de presencia con sistemas biométricos. Su conclusión es que existen alternativas menos invasivas para registrar la jornada, y que el consentimiento de la plantilla no sirve como base por el desequilibrio con la empresa.
Si hoy usas un reloj de huella, revisa su situación con tu asesoría. Un PIN o una tarjeta personal cumplen la misma función.
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Ver todas las preguntasRespuesta revisada en octubre de 2026. Es informativa y no sustituye al asesoramiento de un profesional laboralista.